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Herencias y legados

Cada vez recibimos más ofrecimientos de personas que desean que su voluntad de ayudar a los más desfavorecidos pueda conservarse en el futuro. Por eso, observamos que muchas de estas personas desean incluir al Banco de Alimentos de Alicante en su testamento o realizar un legado a su favor, lo que nos permitirá atender a más personas en riesgo de exclusión social.

Contacta con nosotros para más información

BANCO DE ALIMENTOS DE ALICANTE

                 

 TELÉFONO: 96 511 49 00

CORREO: bancodealimentosdealicante@gmail.com

Logo Banco de Alimentos Alicante en azul

Preguntas frecuentes sobre herencias y legados

¿Puedo legar al BdA. de Alicante en mi testamento?

Claro.

Además de aquellos familiares de una persona que son los que según ley tienen derecho a recibir una parte de la herencia, la Ley también dispone que una parte de la propia herencia (cuya cuantía depende de quienes sean los herederos forzosos) pueda destinarse libremente a una o más personas, físicas o jurídicas.

Esto incluye a entidades de todo tipo y por tanto a entidades sin ánimo de lucro como el Banco de Alimentos de Alicante.

¿Porqué el BdA. de Alicante?

Somos una entidad de reconocido prestigio que vela por los intereses de los más necesitados. Nuestros años de experiencia y la confianza depositada en nosotros desde donantes hasta voluntarios y la ciudadanía nos avalan.

Los beneficiarios finales de del Banco de Alimentos de Alicante en 2019 eran 1.195.167 personas que reciben alimentos a través de 7.402 entidades acreditadas de toda la provincia de Alicante (comedores sociales, centros asistenciales, etcétera).

¿Cómo puedo legar al BdA. de Alicante en mi testamento?

Existen varias posibilidades, según los deseos y la situación de la persona:

  • Destinar un porcentaje de la herencia al Banco de Alimentos.

  • Nombrar al Banco de Alimentos heredero único de todos los bienes.

  • Hacer un legado específico al Banco de Alimentos de algún bien.

 

*En ninguno de estos casos de disposición testamentaria a favor del Banco de Alimentos su legado perjudicará los derechos de sus herederos forzosos y que por ley tienen derecho a recibir su parte de la herencia llamada legítima.

 

Al incluir al Banco de Alimentos de Alicante en el testamento, cite siempre de forma explícita los datos de la entidad que aparecen a continuación:

Fundación Banco de Alimentos de Alicante
Ctra. de Madrid, Km 4 Nave II Módulos 235-242, Mercalicante
03007, Alicante (España
CIF: G-03842317

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